miércoles, 14 de mayo de 2014

El aberrante derecho al olvido o cómo hacer avenirse a Google para tributar por estas tierras y que solo salga lo que a mi me guste.



El olvido tendrá que añadir un hueco para una nueva "acepción" en el diccionario de la RAE: 
derecho al ~.:

1. loc. verb. olvidar.
2. loc. verb. acción recaudatoria de las Administraciones Financieras Públicas europeas, sobre empresas de las que legalmente no consigue que tribute en las zonas que realmente trabaja, pero de las que espera compensación mediante sanciones.

El abogado coruñés, Mario Costeja, ha conseguido su ratito mundial de gloria, apoyado por una Administración europea que lleva tiempo intentando incarle el diente a Google para que tribute en cada territorio, en lugar de presentar pérdidas y llevarse su dinero a paraísos fiscales.

Según el abogado, todo viene  por una referencia en La Vanguardiaen 1998, cuando el diario insertó dos anuncios de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social, anuncio que posteriormente fue colgado en la edición 'online' del periódico, y en el que se mencionaba el nombre de Mario Costeja como propietario de estos inmuebles. En 2009 Corteja contactó con la editorial del periódico para quejarse porque, cuando introducía su nombre y apellidos en Google, aparecía la referencia a dichos anuncios, a pesar de que el embargo estaba solucionado y resuelto desde hacía años. La editorial alegó que no procedía la eliminación de esos datos puesto que el anuncio se había puesto por requerimiento del Ministerio de Trabajo e instó al usuario a contactar con Google para que eliminara esas referencias a su nombre.

Ahora, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), a petición de la Audiencia Nacional, sentencia que los buscadores (Google, no nos engañemos) son responsables de lo que aparezca indexado en sus bases de datos. 

El sr. Costeja debería saber que se le felicita por haber solucionado su problema fiscal en su pasado, y que si por alguna razón estuviéramos interesados en su persona, investigaríamos sobre el mismo (desde entonces y hasta la actualidad), sin necesidad de sus lamentos, y mucho menos de que se nos oculte esa información.

Esta sentencia es una aberración y un grave error que demuestra dos cosas: la primera, que quienes juzgan no tienen ni idea del tema que están juzgando, y segunda (y sin duda más importante), que con esto han encontrado la vía para presionar a empresas que, como el caso de Google, se amparan en lagunas legales para evadir impuestos hacia paraísos fiscales. De esta manera, o estas empresas se "avienen" o las van a freir a sanciones (compensatorias, sin duda).

Lo malo de todo esto, como siempre, son los "daños colaterales", que, como siempre también, pagaremos todos, porque con esta decisión se compromete el legítimo derecho de las personas a obtener información veraz sin filtros que la tamicen.

A nadie agrada que la Red ofrezca información sobre nosotros que no nos gusta, habiendo sido ésta publicada por error o directamente con mala intención. Los buscadores se limitan a buscar (indexar), y hay algo que no gusta, se debe acudir en primer lugar a la fuente que lo publica para reclamar su borrado y/o, en su caso, realizar la correspondiente denuncia.  

Si desde ahora, los buscadores deben ofrecer sólo lo que alguien decida que veamos, eso va a representar un atentado contra la libertad de expresión y al derecho al acceso a información, así como un paso más hacia el "Gran Hermano" del Ministerio de la Verdad de Orwell. Esto abre un peligroso sendero, el de que determinados Poderes, Instituciones, Empresas o Individuos, decidan que determinadas informaciones que les moleste, aparezca filtrada, de forma que solo podamos ver aquello que ellos quieran que veamos... o que directamente cambien a su antojo el pasado o la Historia, según les convenga. Será en ese momento cuando veamos qué derechos son los que se protege y de quiénes. ¿Quién va a decidir qué es lo que "tenemos/queremos" leer, sea anticuado o actualizado?

El verdadero problema no estará nunca en los buscadores, sino en las fuentes. Tú no eres esto o aquello porque lo diga Google, sino porque en su momento se publicó. Si has tenido problemas y los has solucionado, felicidades, pero no quedará más remedio que seamos quienes busquemos información sobre tí los que sepamos discernir sobre lo que aparece y situarlo en su contexto. No hacerlo así supone un verdadero problema para todos. 

En los Medios se escuchan ahora muchas voces que hablan también desde el desconocimiento. Muchos de los que hoy se alegran por esa resolución son los mismos que en otro momento claman por que se conozcan los nombres de los pederastas en su barrio.

Este "derecho al olvido" no obliga, sin embargo, a arrasar las hemerotecas y Archivos, recortando páginas con informaciones "desactualizadas" o que no nos gusten. No obliga a las videotecas de las cadenas televisivas a "editar" de continuo informaciones que no nos interesen. Obliga sólo al gigante tecnológico de Mountain View. 

El "pasado" de personas, instituciones, empresas,..., son "antecedentes" que hablan de todas ellas, y es el que lee y/o investiga, el que decide la relevancia que tienen, y nadie tiene derecho a negar el acceso a esa información, ni a mediatizar en la misma. El derecho al honor y la intimidad de la propia imagen está protegido en la Legislación vigente, sin necesidad de absurdas leyes que no ocultan más que un afán controlador y recaudatorio. Si una información es falsa, debe ser denunciada. Si una información no es falsa, eliminarla argumentando desactualización supone un verdadero acto de censura. 

Quienes legislan no tienen ni idea del jardín en el que se meten. Si alguien, por ejemplo, con apellido Hitler o Stalin, exige que se borren todas las referencias con esos nombres porque perjudican su imagen o su negocio ¿vamos a ocultar la Historia?. No se puede confundir la prescripción, la caducidad, la amnistía, o el cumplimiento de sanciones, con la negación de la Historia. 

Por tanto, y en resumen, si hay publicado algo falso, reclama a la fuente original y solicita su retirada. Si no lo hace, denuncia. Cuando la fuente original lo retire entonces, y solo entonces, es cuando se puede ir a Google a decirle "oiga, borre de su caché esta información porque como puede comprobar ya no existe y/o ha sido retirada por falsa, y ya no tiene sentido a que figure en su base de datos"... y si no lo hace, a denunciar. Estas son las reglas del juego.

Y, ahora que caigo... Si una persona te resulta molesta... mediante el "derecho al olvido" ¿tendrás la opción de "eliminarla"?. De momento "pasa por taquilla" y ya iremos viendo...





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